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domingo, 21 de mayo de 2017

Maduro No puede destituir a la Fiscal Luisa Ortega Díaz | #Venezuela @PartidoPSUV

¿Aprobado? Los requisitos con los que debe cumplir Maduro para destituir a Ortega Díaz | El Cooperante



EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO



Los requisitos con los que debe cumplir Maduro para destituir a Ortega Díaz

El Cooperante





Caracas,  16 de mayo.- Días atrás, el presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, habría sostenido una reunión con el alto mando de la Fuerza Armada Nacional (FAN) para discutir la destitución de la Fiscal General, Luisa Ortega Díaz, quien por segunda ocasión, se pronunció conforme a la ley y condenó las acciones tomadas por el Ejecutivo nacional.


En este sentido, el Primer Mandatario estaría planificando una estrategia para llevar a cabo la salida de Ortega Díaz del Ministerio Público
(MP), con el fin de designar a otro personaje que sí cumpla con el
mandato de la “revolución”, pero, ¿es legal realizar esta acción?,
¿quién tiene la potestad para destituir a la Fiscal General?


Tan ilegal como la Constituyente

De acuerdo con el abogado Joel García, dicha decisión no puede ser accionada por el Presidente de la República, puesto que según lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, el único organismo que puede hacer la remoción del o la Fiscal General, es la Asamblea Nacional. “El
Fiscal o la Fiscal General de la República podrá ser removido o
removida por la Asamblea Nacional, con el voto favorable de la mayoría,
absoluta de sus integrantes, previo pronunciamiento del Tribunal Supremo
de Justicia en Sala Plena, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica
del Poder Ciudadano”, 
reza el escrito estipulado en el mencionado artículo.


Lea además: ¡Ay, papá! La reunión de Maduro con la FAN donde planteó la destitución de Luisa Ortega
En este sentido, el profesional en el ámbito, aseguró que conforme a
las leyes venezolanas, es imposible que se materialice la remoción de
Ortega Díaz de su cargo, aun cuando el Defensor del Pueblo y el
Contralor General de la República, den su voto a favor y apoyen al
Presidente venezolano, puesto que para que esto suceda, debe abrirse una
investigación en contra de la Fiscal, en caso de que hubiese incurrido
en algún hecho grave. Asimismo, tampoco el Tribunal Supremo de Justicia
(TSJ) podrá formalizar la salida de Ortega Díaz del cargo sin la debida
aprobación del Parlamento venezolano.


El posible sustituto de Ortega Díaz: un militar

No obstante, de la reunión entre la FAN y Maduro, también se
vislumbró que quien podría suceder a la Fiscal en un supuesto de
destitución, es el almirante Remigio Ceballos Ichaso, jefe del Estado Mayor Conjunto del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Ceofanb), otro dato que raya en la ilegalidad del asunto, y es que según lo establecido en el artículo 102 del Reglamento Interno de la Fiscalía General de la República, “no
podrán ser designados como fiscales, funcionarios o empleados del
Ministerio Público, los militares en servicio activo, los ministros de
algún culto o los dirigentes o activistas de partidos o movimientos
políticos”. 



Le puede interesar: Luisa Ortega Díaz, la fiscal que insiste en llevarle la contraria a Maduro
Aunado a esto, Ortega Díaz fue juramentada en diciembre de 2014 por
la AN, presidida entonces por Diosdado Cabello, para ejercer el cargo
durante los próximos siete años a partir de esa fecha, lo que supone
otro obstáculo para su remoción.


Aunque la información de la abrupta destitución de la Fiscal, no ha
sido confirmada o desmentida por el Ejecutivo nacional, lo que sí es muy
cierto, es que si se decide aplicar dicha acción, deberá involucrarse
al Parlamento y además, no podrá designarse a Ceballos Ichaso, puesto
que cuenta como un militar activo. Sin embargo, tal como reiteró el
profesional en leyes venezolanas, Joel García, “si se trata de un
Gobierno dictatorial, ignorará las leyes para llevar a cabo sus planes,
tal como está haciendo con la Constituyente”
.

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