EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO
¿Cómo se llama esto?
Lic. Osvaldo Rodríguez Díaz
Era la tarde del 23 de febrero de 2009 cuando A.E.R. y S.D.O. que lo acompañaba, llegaron desde el interior del país a la capital, tomaron un auto de alquiler y se disponían a localizar una dirección donde vendían una moto con chapa de su provincia, la que A.E.R. pretendía comprar, siendo detenidos en esa gestión.
El continuo estacionamiento en la misma calle del mismo auto de alquiler particular del que salía y entraba el mismo pasajero habia llamado la tencion de Y.S.C., agente de la unidad de la Policia Nacional sita en Zapata y C, lo cual le parecio suficiente para proceder a la detención de los dos pasajeros, dejando libre al conductor. No podía imaginar este oficial, las consecuencias que su actuar traería a los detenidos.
En la referida estación, se les radicó el expediente 65/09 por un delito de actividad económica ilícita. Se ocuparon mediante acta firmada por los encartados y el oficial referido que consta en el expediente, los siguientes bienes: tres mil setenta CUC, veintitrés mil en moneda nacional, varias prendas de oro entre ellas una gargantilla de alto valor, un teléfono Blackberry y un reloj suizo también muy caro.
Pese a las explicaciones de la legalidad de los bienes ocupados, ambos detenidos fueron remitidos en prisión provisional al establecimiento penitenciario de Valle Grande, para continuar las investigaciones.
Durante el proceso se aportaron las pruebas para demostrar la legalidad del dinero y las prendas ocupadas, entre ellas comprobantes de remesas y fotos de familiares con las prendas. Fue aprobada una fianza a ambos acusados por el fiscal a cargo en aquel entonces.
Hoy a la distancia de más de 4 años, ambos acusados siguen bajo fianza y la fiscalía competente remitió el caso al Tribunal Municipal Popular de Plaza de la Revolución, para que proceda al sobreseimiento del caso con efecto de absolución.
El tribunal de Plaza devolvió el expediente ya que en el mismo no está claro donde están las cosas ocupadas. El cheque de depósito del banco, por la suma del dinero en CUC consta cancelado, en lugar del reloj suizo aparece uno ruso, no consta depositado en el banco como debe ser, asi como el destino de la gargantilla y las otras prendas y accesorios de oro que completaban el precio de la moto que se pretendia comprar. Sí aparece un arete de fantasía que no le pertencece; el dinero en moneda nacional tampoco está completo.
La fiscalía insistió nuevamente al tribunal, que otra vez devolvió, ya que en el documento correspondiente expone, que debe devolverles a los acusados todo lo ocupado, y esto no le ha quedado claro al órgano jurisdiccional.
Se ha formado una especie de pin-pon-IURIS. Hasta la fiscalía militar recibió las actuaciones, optando por devolverlas a la Fiscalía Provincial, y ésta nuevamente a la Fiscalía Municipal, que nuevamente insistió con el Tribunal Municipal, que con razón no accede, pues de hacerlo, deberá responder por las ocupaciones.
En queja de los afectados a la Fiscalía Provincial, la respuesta fue que se remitiría el caso a la Fiscalia municipal para su solución, !que novedad!
Han transcurrido más de 4 años, mientras más tiempo pase, menos posibilidad tienen estos ciudadanos de recuperar sus bienes.
No es necesario exponer cuantos principios eticos, garantías y términos del procedimiento penal se han violado, estas personas están a punto de renunciar a sus bienes, pues aún están bajo fianza, lo que les impide realizar muchas gestiones.
No hay que ser experto para determinar donde se “extravió” el dinero, el oro y el reloj.
Se me ocurre que como hay personas que no creerán esto, porque esto no tiene nombre aunque sea cierto, ¿cómo le pondrá Ud. a éste caso?
Era la tarde del 23 de febrero de 2009 cuando A.E.R. y S.D.O. que lo acompañaba, llegaron desde el interior del país a la capital, tomaron un auto de alquiler y se disponían a localizar una dirección donde vendían una moto con chapa de su provincia, la que A.E.R. pretendía comprar, siendo detenidos en esa gestión.
El continuo estacionamiento en la misma calle del mismo auto de alquiler particular del que salía y entraba el mismo pasajero habia llamado la tencion de Y.S.C., agente de la unidad de la Policia Nacional sita en Zapata y C, lo cual le parecio suficiente para proceder a la detención de los dos pasajeros, dejando libre al conductor. No podía imaginar este oficial, las consecuencias que su actuar traería a los detenidos.
En la referida estación, se les radicó el expediente 65/09 por un delito de actividad económica ilícita. Se ocuparon mediante acta firmada por los encartados y el oficial referido que consta en el expediente, los siguientes bienes: tres mil setenta CUC, veintitrés mil en moneda nacional, varias prendas de oro entre ellas una gargantilla de alto valor, un teléfono Blackberry y un reloj suizo también muy caro.
Pese a las explicaciones de la legalidad de los bienes ocupados, ambos detenidos fueron remitidos en prisión provisional al establecimiento penitenciario de Valle Grande, para continuar las investigaciones.
Durante el proceso se aportaron las pruebas para demostrar la legalidad del dinero y las prendas ocupadas, entre ellas comprobantes de remesas y fotos de familiares con las prendas. Fue aprobada una fianza a ambos acusados por el fiscal a cargo en aquel entonces.
Hoy a la distancia de más de 4 años, ambos acusados siguen bajo fianza y la fiscalía competente remitió el caso al Tribunal Municipal Popular de Plaza de la Revolución, para que proceda al sobreseimiento del caso con efecto de absolución.
El tribunal de Plaza devolvió el expediente ya que en el mismo no está claro donde están las cosas ocupadas. El cheque de depósito del banco, por la suma del dinero en CUC consta cancelado, en lugar del reloj suizo aparece uno ruso, no consta depositado en el banco como debe ser, asi como el destino de la gargantilla y las otras prendas y accesorios de oro que completaban el precio de la moto que se pretendia comprar. Sí aparece un arete de fantasía que no le pertencece; el dinero en moneda nacional tampoco está completo.
La fiscalía insistió nuevamente al tribunal, que otra vez devolvió, ya que en el documento correspondiente expone, que debe devolverles a los acusados todo lo ocupado, y esto no le ha quedado claro al órgano jurisdiccional.
Se ha formado una especie de pin-pon-IURIS. Hasta la fiscalía militar recibió las actuaciones, optando por devolverlas a la Fiscalía Provincial, y ésta nuevamente a la Fiscalía Municipal, que nuevamente insistió con el Tribunal Municipal, que con razón no accede, pues de hacerlo, deberá responder por las ocupaciones.
En queja de los afectados a la Fiscalía Provincial, la respuesta fue que se remitiría el caso a la Fiscalia municipal para su solución, !que novedad!
Han transcurrido más de 4 años, mientras más tiempo pase, menos posibilidad tienen estos ciudadanos de recuperar sus bienes.
No es necesario exponer cuantos principios eticos, garantías y términos del procedimiento penal se han violado, estas personas están a punto de renunciar a sus bienes, pues aún están bajo fianza, lo que les impide realizar muchas gestiones.
No hay que ser experto para determinar donde se “extravió” el dinero, el oro y el reloj.
Se me ocurre que como hay personas que no creerán esto, porque esto no tiene nombre aunque sea cierto, ¿cómo le pondrá Ud. a éste caso?
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