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domingo, 3 de julio de 2011

Sólo un cambio « ONG sin fines lucrativos para la instrucción jurídica a la población

Sólo un cambio « ONG sin fines lucrativos para la instrucción jurídica a la población

EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO

Sólo un cambio

Wilfredo Vallín Almeida

Esta es una época de cambios en el mundo. La gente sale a las plazas, en diferentes locaciones, para pedir eso: cambios.

Algunos sin embargo, los ven con aprensión pues para ellos significaría un cambio radical en su estilo de vida, perder toda una serie de majestuosos privilegios y posibilidades.

Otros hablan de “cambiar todo lo que debe ser cambiado” pero a pasito de tortuga, y explican su lentitud arguyendo que esas transformaciones “deben pensarse bien” para no cometer errores. No importa que haya millones esperando por más de medio siglo. Pueden esperar un poco más todavía.

En efecto, debe cambiarse lo que deba ser cambiado, lo que en nuestro país significa cambiar muchas cosas. Entre ellas, algunas particularmente ominosas por cuanto tienen que ver con la libertad, posibilidades de crecimiento humano y legado a la familia, todo lo que se concentra en lo que los abogados llaman “derecho positivo”.

No corresponde a los letrados, sin embargo, hacer los cambios que tradicionalmente han sido atribuidos al legislador. Para el común de los juristas, su papel está en tratar con el derecho en vigor y, aunque su opinión sobre éste no resulte muy favorable, no puede sin embargo, ignorarlo.

No obstante, no hay nadie en mejores condiciones para evaluarle en su justa dimensión que los letrados. Coincidimos con Recasens Siches cuando en su libro Filosofía del Derecho, nos dice:

“Una sentencia del Tribunal Supremo constituye algo prácticamente irresistible, inapelable…al servicio de cuyo cumplimiento funcionará todo el monopolio de la coacción pública.

Pero eso, que en determinado lugar y en un cierto momento es indiscutible e inevitablemente derecho, y contra lo cual no cabe recurso, puede, desde otro punto de vista ser citado, ante el tribunal de la conciencia, para examinar si corresponde o no a lo que debería ser.

Lo que indiscutiblemente es derecho vigente (en determinado lugar y en cierto momento), ¿debiera serlo en justicia?, ¿Es justa esa norma jurídica o no lo es?, ¿No podría acaso ser mejor de lo que es?”

Y, por supuesto, si no lo es, debería ser cambiado.

En Cuba, hay múltiples pragmáticas legales de este corte. Algunos ejemplos son:

- La Ley de Inmigración Interna que autoriza la expulsión de la capital del país a ciudadanos de otras provincias.

- La Ley 88 De Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba (conocida por Ley Mordaza) que permite a discreción, la sanción de nacionales por el “grave delito” de tener amigos extranjeros.

- La peligrosidad social predelictiva (artículos 72 y 73 del Código Penal vigente) que facilita la persecución y represión del individuo por sólo pensar políticamente diferente.

- La carencia real del derecho de propiedad de los cubanos que no son dueños ni de sus casas ni de nada.

- El Permiso de salida (más conocido como “carta de libertad”) que los nacionales deben solicitar al gobierno y sin la cual permanecen confinados en el país como presos dentro de su territorio.

- En comparación con la gran mayoría de los países, la tardía intervención del defensor en el proceso sumarial (artículos 249, 281 y 374.2 de la Ley de Procedimiento Penal).

- La liberación de toda traba y pretexto contra el ejercicio libre de la abogacía en Cuba.

Y muchas cosas más, que pudieran resumirse en un cambio único:

LA INDEPENDENCIA TOTAL Y ABSOLUTA DEL PODER JUDICIAL EN LA NACION

……..entonces sí veríamos los cubanos cambiar las cosas.

vallinwilfredo@yahoo.com

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