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martes, 17 de mayo de 2011

Retrato hablado. Un país con Estado y sin Estado de Derecho

Para dominar, coaccionar, chantajear, destruir, calumniar, agredir y reducir el pensamiento y las voces contestatarias, el Estado se invoca a si mismo en Juez y parte.


Lic.Miguel Iturria

En términos jurídicos, el ius puniendi es la facultad real del Estado para ejercer el poder sobre el ciudadano ante el incumplimiento de la legalidad. Esa potestad descansa en los órganos coercitivos o instrumentos estales que hacen efectivas las leyes. Como contrapartida, el Estado debe asegurar los derechos y garantías de las personas y evitar excesos y arbitrariedades.Los órganos coercitivos están formados por las fuerzas armadas, los cuerpos del Ministerio del interior, la Fiscalía y los Tribunales. Al parecer, en Cuba el poder real no está en el conjunto sino en una de sus partes: el Ministerio del interior. No debería ser así pues el MININT fue creado para velar por la tranquilidad ciudadana, restablecer el orden, auxiliar al resto de los órganos represivos en la lucha contra el delito y realizar las investigaciones correspondientes.

El Estado no es sólo hegemonía. Como decía Rousseau, parte de un contrato social. El ciudadano delega su libertad para que el gobierno vele por sus intereses a través de la fuerza pública, la cual domina y hace efectivos sus derechos y garantías, tanto de la violación por terceros como de las presuntas arbitrariedades de los funcionarios que equilibran los intereses estatales y los derechos de las personas.

Esto no es posible si los órganos represivos se ponen por encima de la ley y actúan con impunidad. Si convierten sus actos en Secreto de Estado y en enemigos a quienes cuestionan sus excesos.

Si las Fuerzas armadas son un monstruo dormido con soldados adolescentes sin vocación y oficiales que afilan las armas en espera de un desastre o una agresión, los órganos del Ministerio del Interior cuentan con todos los medios para cumplir sus propósitos sin intervención real de terceros.

Ni la policía ni otras fuerzas del MININT dan publicidad a sus actos. El Laboratorio Central de Criminalística, por ejemplo, es único y carece de contrapartida, lo cual impide cuestionar sus dictámenes.

Con los detenidos tampoco se regula la presencia del defensor en el interrogatorio. Nadie controla los métodos utilizados por los oficiales. Hay presos con fines investigativos en las unidades de instrucción policial y en las cárceles del país, lo cual viola los derechos de esas personas.

Se dice que no hay manera de fiscalizar la actividad de un instructor policial ni de los oficiales de la Seguridad del Estado, quienes solo responden ante sus jefes y gozan de impunidad mientras respondan al mando supremo.

Las quejas de los operadores del derecho confirman que a los límites de la ley se unen las prerrogativas de la instrucción policial, quienes a veces presionan y cuestionan determinaciones de otras instituciones vinculadas con el proceso penal.

Cuba es un circuito cerrado donde los órganos del Ministerio del interior ejercen el control casi absoluto. Los derechos y garantías del ciudadano en muchas ocasiones vuelan sobre el mar, la burocracia, las órdenes absurdas y la impunidad.



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