La gran mayoría de las familias cubanas no son analfabetas pero desconocen que existe un Código de Familia. También pudieran estar ajenas a que en la Constitución de la República de Cuba, (por cierto, que debería ser modificada) aparece en el Capítulo IV, Artículo 35: El Estado protege la familia, la maternidad y el matrimonio… Hasta que alguien me explique, logre entender y sea convencido, seguiré quizás equivocado o cada vez más diáfano.
¿Es que al separarse, inclusive desde tempranas edades padres de hijos para emigrar a otros países, casi siempre por razones económicas, se protege la maternidad y la familia? De lo anterior se desprende que no puede existir matrimonio sostenible cuando por esta y otras razones se disuelve el vínculo matrimonial o la unión voluntaria de la forma que sea, de esta manera tampoco se puede proteger el matrimonio y la familia, de ahí también el ínfimo índice de gestantes en la mujer cubana por carencia de muchísimas cosas indispensables.
En otras familias, conocedoras de lo dispuesto y preceptuado en los artículos del referido Código de Familia del 1975, las que al parecer pueden hacer valer dicho conocimiento; esa maternidad, ese matrimonio y la familia es también segregada, con la diferencia de que en los casos de migrantes aquí sí asiste la razón política, el rechazo al gobierno, pues carecen de uno de los bienes más preciados del hombre: LA LIBERTAD, y aunque traiga consigo separación y distancia de la familia, hay que buscarla y se encuentra.
El Estado reconoce en la familia la célula fundamental de la sociedad y le atribuye responsabilidades y funciones esenciales en la educación y formación de las nuevas generaciones, referido en el Artículo 38 de la Ley de Leyes: Los padres tienen el deber de dar alimentos a sus hijos y asistirlos en la defensa de sus legítimos intereses y en la realización de sus justas aspiraciones; así como el de contribuir activamente en su educación y formación integral como ciudadanos útiles y preparados para la vida en la sociedad socialista, ¿Por qué en la Sociedad Socialista? ¿Por qué si hay que asistirlos en sus legítimos intereses y sus justas aspiraciones, y ese puede no ser el interés ni la aspiración de la familia?
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