¿Qué es una república?
http://jurisconsultocuba.wordpress.com/perfil/consulta-juriidica/%C2%BFcuba-una-republica-democratica/%C2%BFque-es-una-republica/#comment-252La república, es la forma de gobierno basada en el concepto, de que la soberanía, reside en el pueblo, quien delega el poder de gobernar, en su nombre, a un grupo de representantes elegidos democráticamente. A través de la representación política, las autoridades ejercen las funciones de los órganos estatales, y estos representantes son responsables ante sus mandantes (los electores).
Un Estado será más o menos democrático en la medida que, sus ciudadanos, tomen parte activa en la toma de decisiones políticas que atañen a la vida de la nación en general. La participación política ciudadana es una facultad reconocida internacionalmente en el Artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos”.
Como prerrogativa de carácter político y de ámbito público, es reconocido por la Constitución cubana en su artículo 3:
“En la República de Cuba, la soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. Ese poder es ejercido directamente o por medio de la Asamblea del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ella derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y las leyes”. De la lectura del precepto se desprende que existen dos formas de participación: la directa y la indirecta.
Antes de exponer la diferentes formas de participación política popular es conveniente aclarar que esta facultad humana no está reconocida en nuestra Carta Magna dentro del capítulo dedicado a los derechos, deberes y garantías fundamentales (artículos del 45 al 66). Igual sucede con el derecho al voto (artículo 132), evidente muestra de la deficiente técnica jurídica constitucional y la subvaloración que sufren en nuestro país los derechos políticos de los ciudadanos.
Entre las formas de participación directa se encuentran el voto en elecciones y en referendos, la iniciativa legislativa, el derecho al control popular y a la revocación del mandato de los delegados municipales del Poder Popular. La participación indirecta supuestamente se realiza a través de los representantes populares de los diferentes niveles (municipio, provincia, nación). Son los integrantes de los órganos representativos del Estado.
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Nuestras focas, o sea, Parlamentarios, de parlar (hablar, debatir) no dicen nada, plauden como focas y aprueban con voto unánime. El parlamento de los 365 dias del año Trabaja solamente 3 días, asi, qué se puede esperar de ese órgano “soberano” , el resto de los días se los cede al Consejo de Estado el cual tiraniza el año entero.
lOS CUBANOS EN GENERAL NI TIENEN IDEA SOBRE QUE ES DEMOCRACIA QUE ES REPUBLICA QUE ES LA CONSTITUCION QUE DERECHOS TIENEN HAY QUE EMPEZAR POR EDUCAR A LOS CUBANOS SOBRE SU IDENTIDAD SUS DERECHOS EL SIGNIFICADO REAL DE PATRIA .
La legilación establecida por el régimen en Cuba cumple sólo la función de engañar con una apariencia de legalidad.
Ejemplo:
“la soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. Ese poder es ejercido directamente o por medio de la Asamblea del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ella derivan”
La llamada ANPP no decide nada, no debate nada, se entera de casi nada de lo que está sucediendo en el Gobierno y en el País. El ciudadano ni sabe quién es *su* representante en esa asamblea, luego menos puede exigirle ni esperar de “el” o ellos cosa alguna.
El parlamento nacional, si es real y efectivo, es el corazón de la democracia en la nación. Por eso una tarea fundamental del activismo democrático cubano es estimular el surgimiento de, y desarrollar, nuestros futuros **buenos** parlamentarios.