EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO
¿Qué pasaría en Venezuela si se activa la Carta Democrática?
El secretario general Luis Almagro, ante el
conflicto frente al Poder Legislativo, ha dicho que puede impulsar el
mecanismo que suspendería al Estado venezolano de su participación en la
OEA
La
Carta Democrática Interamericana es un mecanismo que se aplica en el
caso de que se produjera una ruptura del proceso político institucional
democrático o del legítimo ejercicio del poder por un gobierno
democráticamente electo, en cualquiera de los Estados miembros de la
organización. Venezuela es uno de ellos.
Carta Democrática Interamericana es un mecanismo que se aplica en el
caso de que se produjera una ruptura del proceso político institucional
democrático o del legítimo ejercicio del poder por un gobierno
democráticamente electo, en cualquiera de los Estados miembros de la
organización. Venezuela es uno de ellos.
Este martes, el secretario general Luis
Almagro le advirtió al presidente Nicolás Maduro que la Carta
Democrática Interamericana le obliga a actuar si se afecta el proceso
político institucional del país. Esto, a raíz de las pretensiones de
desconocer la Asamblea Nacional y declarar una omisión legislativa que
le dé las riendas al Tribunal Supremo de Justicia para actuar en nombre
del Parlamento.
Almagro le advirtió al presidente Nicolás Maduro que la Carta
Democrática Interamericana le obliga a actuar si se afecta el proceso
político institucional del país. Esto, a raíz de las pretensiones de
desconocer la Asamblea Nacional y declarar una omisión legislativa que
le dé las riendas al Tribunal Supremo de Justicia para actuar en nombre
del Parlamento.
Con la activación de la Carta
Democrática Interamericana se puede acordar la suspensión temporal del
Estado Miembro, del ejercicio de su derecho de participación en la OEA.
Para que ello se materialice se requiere del voto de los dos tercios de
los Estados que conforman la Organización (34 países).
Democrática Interamericana se puede acordar la suspensión temporal del
Estado Miembro, del ejercicio de su derecho de participación en la OEA.
Para que ello se materialice se requiere del voto de los dos tercios de
los Estados que conforman la Organización (34 países).
La intervención extranjera directa
(Cascos azules u otras fuerzas) no está prevista en ninguno de los
contenidos de la Carta Democrática, ya que eso iría en contra de los
principios de no intervención, soberanía e independencia de los Estados,
fundamentos que rigen el espíritu de la Carta de la Organización de los
Estados Americanos (Art.3). Pero, la aprobación de una resolución por
parte de una Asamblea General condenando el comportamiento
antidemocrático del gobierno representa un triunfo para los sectores
democráticos.
(Cascos azules u otras fuerzas) no está prevista en ninguno de los
contenidos de la Carta Democrática, ya que eso iría en contra de los
principios de no intervención, soberanía e independencia de los Estados,
fundamentos que rigen el espíritu de la Carta de la Organización de los
Estados Americanos (Art.3). Pero, la aprobación de una resolución por
parte de una Asamblea General condenando el comportamiento
antidemocrático del gobierno representa un triunfo para los sectores
democráticos.
Asimismo, la exclusión del sistema
interamericano limita la capacidad de acción del gobierno, y este
internacionalmente se encontrará igualmente aislado y en entredicha su
gestión administrativa. La aplicación de las sanciones previstas en la
Carta Democrática representa un activo moral para los sectores de
oposición.
interamericano limita la capacidad de acción del gobierno, y este
internacionalmente se encontrará igualmente aislado y en entredicha su
gestión administrativa. La aplicación de las sanciones previstas en la
Carta Democrática representa un activo moral para los sectores de
oposición.
En materia internacional, ante una
alteración del orden constitucional, cualquier Estado miembro de la OEA o
su secretario general podrán solicitar la convocatoria del Consejo
Permanente para analizar la situación y adoptar las decisiones
diplomáticas o de buenos oficios que se estimen convenientes, a fin de
promover la normalización de la situación alterada.
alteración del orden constitucional, cualquier Estado miembro de la OEA o
su secretario general podrán solicitar la convocatoria del Consejo
Permanente para analizar la situación y adoptar las decisiones
diplomáticas o de buenos oficios que se estimen convenientes, a fin de
promover la normalización de la situación alterada.
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