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TSJ: Piden anular resultados de las elecciones del 7-O
Aseguran que automatización del
proceso es inconstitucional
■ Los militares retirados que presentaron el recurso solicitaron que se ordene al CNE contar todas las papeletas.
Un grupo de militares en situación de retiro solicitó al Tribunal Supremo de Justicia que declare la nulidad de los resultados de las elecciones presidenciales que fueron dados a conocer al país la noche del 7 de octubre por la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, cuando declaró ganador a Hugo Chávez, que optaba por la reelección.
Los uniformados pidieron a la Sala Electoral del máximo tribunal de la República que “ordene al ente rector proceder a una verificación directa y material de la voluntad de los votantes, contenida de manera total e inequívoca en la papeleta depositada en las urnas electorales”.
En el recurso se afirma que con la implementación del sistema automatizado para la votación y del método computarizado de escrutinio se viola el artículo 294 de la Constitución.
El referido artículo de la carta magna establece: “Los órganos del Poder Electoral se rigen por los principios de independencia orgánica, autonomía funcional y presupuestaria, despartidización de los organismos electorales, imparcialidad y participación ciudadana; descentralización de la administración electoral, transparencia y celeridad del acto de votación y escrutinios”.
“Esta vulneración de la norma suprema vicia y empaña de manera directa, profunda y generalizada los principios de confiabilidad, transparencia, inmediatez (participación ciudadana) en la fase de escrutinio, que es el momento culminante del proceso comicial”, se señala en el recurso.
Atacan automatización. Los accionantes incluyeron como argumento a favor de su solicitud que ni la votación automatizada ni el escrutinio computarizado están establecidos o normados en la Constitución, sino en Ley Orgánica de Procesos Electorales, en vigencia desde el 12 de agosto de 2009.
La referida ley establece en los artículos 121 y 141, respectivamente, que tanto el acto de votación como de escrutinio serán automatizados, y que se efectuarán manualmente cuando así lo determine el CNE.
Los militares afirman que en el proceso de escrutinio (acto en el que la máquina arroja el total de los resultados) no hubo ningún tipo de participación ciudadana.
“No existió participación alguna de los miembros de las mesas electorales ni de los testigos ni del público en la obtención, registro, determinación y fijación de la certeza numérica de la voluntad de los sufragantes, al estar esta relevante actividad atribuida en su totalidad al sistema automatizado”, se indica en el recurso.
Los militares retirados indican además que introducen la solicitud de impugnación debido a “la duda suscitada en la generalidad de los ciudadanos votantes correspondientes al sector democrático opositor acerca de la veracidad y justeza numérica del fallo del árbitro electoral”.
Los demandantes aseveran que al señalarse en el artículo 138 de la Ley de Procesos Electorales que “el acto de escrutinio es el proceso mediante el cual se contabilizan y emiten los resultados de la mesa electoral de manera ágil, efectiva y transparente” se otorga una definición incorrecta y tendenciosa de dicha actividad.
“No habla de voto individual sustituyéndolo por una operación de contabilización y emisión de resultados”, indican.
Los demandantes:
El recurso fue interpuesto por el ex ministro de Defensa general retirado Rafael Montero Revette, el vicealmirante Elías Buchszer y el general Norberto Caldera, así como por Rafael Chacón, coordinador nacional del Congreso Federal de Organizaciones Ciudadanas
Por: DIANA LOZANO PERAFÁN
dlozano@el-nacional.com
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EL NACIONAL
VIERNES 26 DE OCTUBRE DE 2012
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