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La constitución de Guáimaro
Miguel Iturria Savón.
Cuando el primero de julio de 1940 los delegados de la Constitución se reunieron para firmar la nueva Ley de leyes de la República no lo hicieron en el Capitolio de La Habana, sede del poder legislativo, sino en Guáimaro, un pueblecito de la provincia de Camagüey donde el 10 de abril de 1869 los independentistas frente al colonialismo español, rubricaron el primer texto constitucional de la República en Armas.
Esa primera Carta constitucional fue una quimera; el sueño republicano de nuestros independentistas reflejaba la influencia de la Revolución francesa y de la Unión Americana. La República mambisa estuvo en las acciones y en el amor por la libertad; los “territorios liberados” volvían a caer en manos enemigas. Hubo otras constituciones de 1868 a 1878 y en la Guerra de 1895 a 1898, cuando cesó el dominio de España.
En aquella ocasión histórica del 10 de abril de 1869, sólo 15 delegados presididos por Carlos Manuel de Céspedes dieron a la nación emergente sus normas jurídicas. La ponencia fue encomendada a Ignacio Agramonte y Arturo Zambrana, abogados al igual que Céspedes, quien inició la lucha armada en la zona oriental sin contar con el resto de los conspiradores.
La Constitución de Guáimaro fue un consenso, un acto de unión de las huestes independentistas, divididas entre Oriente, Camagüey y Las Villas, que recibían apoyo desde La Habana y de los patriotas exiliados en los Estados Unidos, principal centro de expediciones. La fecha, el lugar, los acuerdos adoptados y los 29 artículos rebasaron las expectativas de los delegados. Céspedes, Agramonte, Honorato del Castillo, Cisneros Betancourt, M. G. Gutiérrez, E. Machado, J. M. Izaguirre, Antonio Zambrana y otros legisladores iniciaron una tradición jurídica que trasciende las circunstancias.
En abril de 1869 la revolución estaba en sus inicios, era una guerra precaria y casi sin organización, predominaban el caudillismo y el antagonismo entre los departamentos, pero los líderes de cada región comprendieron la necesidad de unir los fines y los mandos. En Guáimaro designaron a un Presidente de la República en Armas y a una Cámara de Representantes en la que radicaban los Poderes del Estado, por encima del Presidente y del General en Jefe; como si la República fuera una realidad y no el espejismo de sus lecturas y convicciones previas. No comprendieron que lo primero era la guerra, lo segundo la victoria y después la República.
La impaciencia de los delegados de Guáimaro reencarnó en la prisa y en la incertidumbre de otras constituciones mambisas y republicanas. Todas estuvieron signadas por las pasiones de sus artífices y los retos de la época. Ninguna fue obra de un partido o de una tendencia ideológica contra el resto de la sociedad, como la Constitución socialista de 1976, modificada en 1992, la cual refrenda los supuestos intereses de la clase obrera y su partido pero excluye a los demás grupos y sectores sociales.
Si la Constitución de Guáimaro de abril de 1869 plasmó el ideal romántico de nuestros libertadores; la que rige en Cuba desde 1976 niega el sueño de los héroes independentistas y pone a la Patria de rodillas ante una élite burocrática que suplanta los derechos de la nación.
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