BALCON AL CARIBE Headline Animator

La Hora en Cuba

Da Click en los Anuncios para Ayudar al Mtto de este Blog. Gracias

Marti por siempre!!

Marti por siempre!!
Marti por siempre!

martes, 26 de abril de 2016

TSJ Dice que enmienda no puede aplicarse a Maduro. ¿Tiene razón o no?

¡ÚLTIMA HORA! TSJ emite nueva sentencia: Dice que enmienda no puede aplicarse a Maduro – Aguacate Digital



EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO



TSJ emite nueva sentencia: Dice que enmienda no puede aplicarse a Maduro


La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) determinó que “cualquier enmiendaque
pretenda efectuarse a la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela no puede tener efectos retroactivos en el tiempo o ser de
aplicación inmediata”, es decir, no podría aplicarse al presidente Nicolás Maduro.





“La pretensión de enmendar el Texto Fundamental con la finalidad de
reducir el mandato del presidente de la República constituiría una
retroactividad inconstitucional”, señaló la sentencia con ponencia del
magistrado Arcadio Delgado Rosales.





El fallo indicó que tratar de utilizar la figura de la enmienda
constitucional con el fin de acortar de manera inmediata el ejercicio de
un cargo de elección popular, como el del Presidente de la República,
constituye un fraude a la Constitución, la cual prevé otros mecanismos
de expresión de la voluntad popular, reseñó una nota de prensa.





Por su parte, el presidente de la Asamblea Nacional (AN), Henry Ramos
Allup, consideró que los poderes alineados con el Gobierno “niegan
posibilidad de una salida constitucional, pacífica y electoral del
régimen”.



Ramos Allup indicó que “tal como lo anuncié hace dos días: malandros y
malandras de la Sala Inconstitucional del TSJ acaban de sentenciar que
enmienda no puede aplicarse a Maduro”; al tiempo expresó que los
magistrados “sinvergüenzas ya ni esperan aprobación de leyes sino que
las declaran inconstitucionales sin conocer el texto definitivo”.

No hay comentarios:


Buscar en este blog