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TSJ anula juicio político de la Asamblea Nacional contra Nicolás Maduro
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Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó a los diputados de la
Asamblea Nacional abstenerse de continuar el procedimiento de
declaratoria de "responsabilidad política" contra el presidente de la
república, Nicolás Maduro, y en definitiva, de dictar cualquier tipo de
acto, sea en forma de acuerdo o de cualquier otro tipo, que se
encuentre al margen de sus atribuciones constitucionales y que contraríe
la Constitución, de conformidad con la jurisprudencia de la Sala
Constitucional.
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La decisión fue tomada tal como lo solicitó el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), cuyo diputado Víctor Clark dijo esta semana que el juicio político contra Nicolás Maduro era "un golpe parlamentario".
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En nota de prensa, el TSJ estableció "que resultan
manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y
carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la
Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras
se mantenga el desacato a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de
Justicia", así como también en desacato a decisiones
emanadas de esta Sala, desacato que aún persiste, por no haber sido
formalmente desincorporados los ciudadanos cuya proclamación está
suspendida.
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En sentencia N° 948 del 15 de noviembre de 2016 la Sala
Constitucional del TSJ se declaró competente para conocer la acción
ejercida por el procurador General de la República, Dr. Reinaldo Muñoz,
donde solicita al TSJ previsiones para evitar actuaciones de la Asamblea
Nacional en contra de la Constitución, como lo fue el acto
parlamentario denominado "Acuerdo para iniciar el Procedimiento
de Declaratoria de Responsabilidad Política del Presidente de la
República ante la Grave Ruptura del Orden Constitucional y Democrático y
la Devastación de las Bases Económicas y Sociales de la Nación", aprobado el 25 de octubre de 2016 y dictado durante el desacato que aún mantiene el referido órgano legislativo.
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haber declarado responsabilidad política de Maduro
La referida sentencia prohíbe convocar y realizar actos que alteren
el orden público; instigaciones contra autoridades y poderes públicos,
así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y
del orden jurídico. La decisión refiere además, que el presidente de la
Asamblea Nacional y los demás diputados que conforman la junta directiva
de ese órgano legislativo, deberán desplegar las acciones necesarias
para dar fiel cumplimiento a lo ordenado en la sentencia.
Redacción NTN24 Venezuela