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viernes, 1 de julio de 2011

Compraventa de viviendas y autos. Seguir con la bota en el cuello

Noticias de Prensa Latina - Compraventa de viviendas y autos permitidos en Cuba antes de fin año

Compraventa de viviendas y autos permitidos en Cuba antes de fin año PDF Imprimir E-Mail

¿La Gran Paradoja El Gobierno está para Servir o para Humillar y Prohibir?.

Gobernar no es Prohibir las Libertades ciudadanas al Soberano, este puede sacudirse el desgobierno

La Habana, 1 jul (PL) La compraventa de viviendas y automóviles será permitida en Cuba antes de concluir este año, de acuerdo con la reseña publicada hoy por la prensa del Consejo de Ministros realizado el pasado fin de semana.

En lo referido a los inmuebles se diseñó una política para simplificar las gestiones de cualquier acto de transmisión de la propiedad, al traspasarlo de la esfera administrativa a la notarial, dijo el rotativo Granma.

También se pretende disminuir las prohibiciones establecidas que durante años propiciaron la ocurrencia de innumerables violaciones y se quiere contribuir a la solución del problema habitacional del país.

El informe reconoció que no se ha podido avanzar con la agilidad deseada por la necesidad de revisar el contenido de unas 188 disposiciones legales vigentes relacionadas con el tema, la mayoría de carácter administrativo.

Sin embargo, las normativas jurídicas se encuentran en una fase avanzada de elaboración y están bien definidos los preceptos de la política que se pretende poner en práctica antes de finalizar 2011.

El propósito es presentar una disposición para que las gestiones de los ciudadanos no sean entorpecidas por regulaciones burocráticas que propicien la repetición de las manifestaciones de ilegalidades y corrupción, explicó el rotativo.

Tal actualización del régimen legal en el rubro traerá consigo la confección de una nueva Ley General de la Vivienda.

Entre los principios defendidos se cuenta que ninguna persona podrá ser propietaria de más de una vivienda, y serán sujetos de esa legislación todos los ciudadanos cubanos y los extranjeros residentes permanentes en el país.

Para todos los trámites -que incluyen la compraventa, donación, permuta, cambio de dueño por fallecimiento, salida al exterior o divorcio- se requerirá la actualización del Título de Propiedad y la tasación del inmueble y la inscripción en el Registro de la Propiedad.

Igualmente deberán formalizar el trámite directamente ante notario en el lugar donde está enclavado el inmueble y se pagará el Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias.

En el caso particular de la compraventa, el vendedor deberá haber liquidado sus deudas y el pago se realizará a través de una agencia bancaria, por lo que al menos el comprador deberá abrir una cuenta.

La política diseñada con los vehículos de motor â�öque debe comenzar a implementarse también antes de concluir 2011â�ö permite la donación y compraventa con independencia del año de su fabricación, una opción que hasta ahora solo permitían a los producidos antes de 1959.

Para su implementación fue necesario analizar más de 40 prohibiciones o limitaciones vigentes para la transmisión de la propiedad entre personas naturales, las que quedarán obligadas a pagar el Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias.

Con el propósito de evitar la tasación individual de los vehículos, y contar con un valor mínimo para el cálculo del referido gravamen, se establecieron valores referenciales por clase y año de fabricación aplicables cuando el importe no es declarado o es menor que este.

Durante la reunión el presidente cubano, Raúl Castro, exhortó a preparar bien a los encargados de ambos procesos para facilitar los trámites de la población.


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