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martes, 5 de julio de 2016

Fuertes Exigencias de organizaciones de la Sociedad Civil al #CNE en #Venezuela

Comunicado de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el proceso de validación de manifestaciones de voluntad – PolítiKa Ucab



EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO



COMUNICADO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL PROCESO DE VALIDACIÓN DE MANIFESTACIONES DE VOLUNTAD

Las organizaciones abajo firmantes, luego
de evaluar el desarrollo del proceso de validación de manifestaciones
de voluntad realizado entre los días 20 y 24 de junio de 2016, fijamos
posición frente a la actuación del Consejo Nacional Electoral y las
condiciones en las que se realizó dicho proceso.
En primer lugar, queremos felicitar a la
ciudadanía venezolana por la muestra de civismo y actitud democrática
demostrados durante las cinco jornadas que duró el proceso de
validación. Es evidente que el pueblo venezolano cree y valora los
mecanismos democráticos de participación establecidos en la Constitución
como la mejor manera de dirimir los graves conflictos sociales que vive
nuestra nación.
No obstante, observamos con mucha
preocupación que las instituciones llamadas a cumplir lo establecido en
nuestra Carta Magna toman decisiones que, lejos de facilitar, obstruyen y
dificultan el ejercicio de los legítimos derechos de la ciudadanía
consagrados constitucionalmente. Durante las últimas semanas, el Consejo
Nacional Electoral ha abandonado los principios que deben guiar su
actuación, según lo señalado el Artículo 293 de la Constitución: “…Los
órganos del Poder Electoral garantizarán la igualdad, confiabilidad,
imparcialidad, transparencia y eficiencia en los procesos
electorales,…”.Por el contrario, se evidencia que el Consejo Nacional
Electoral toma decisiones que constituyen una clara expresión de
parcialización política e inequidad en el ejercicio de los derechos
políticos, generando desconfianza en la ciudadanía por su actuación
claramente orientada a favorecer a una parcialidad política, y
demostrando con sus actuaciones un muy bajo nivel de transparencia,
acompañada de una muy ineficiente conducción del proceso de activación
del referéndum revocatorio; que contrasta con el alto nivel de
tecnificación demostrado en otros procesos en los que se ha sido capaz
de organizar elecciones nacionales en 45 días.
En segundo lugar, consideramos
preocupante que el Consejo Nacional Electoral haya retrasado
sistemáticamente la activación del referéndum y haya establecido
requisitos no previstos en la Constitución o en las Normas para Regular
el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de
Mandatos de Cargos de Elección Popular aprobadas en 2007. Esto ha
supuesto la exclusión de facto de manifestaciones de voluntad para la
activación del referéndum revocatorio, bien sea mediante formalismos
excesivos en el procedimiento de verificación de las planillas
entregadas por los promotores el 2 de mayo de 2016, o bien por las
dificultades impuestas para el procedimiento de validación de
manifestaciones de voluntad mediante mecanismos biométricos de
identificación en cantidades claramente insuficientes para lograr la
validación de todos los firmantes, ignorando que en el Artículo 10.e de
su propia normativa se estipula que “Se establecerá una plataforma de
identificación biométrica por cada 1.000 ciudadanos o ciudadanos
solicitantes”. Por lo que, en lugar de colocar 300 capta-huellas, debió
haber dispuesto 1.352, como consecuencia de que se habían validado
1.352.000 manifestaciones de voluntad.
Asimismo, los criterios para distribución
de las mismas no respondieron a criterios técnicos basados en la
concentración poblacional de los ciudadanos en las planillas entregadas.
Por el contrario, se establecieron centros de validación en lugares
alejados, de baja densidad electoral y difícil acceso, al tiempo que
hubo municipios de alta densidad electoral en los que no se estableció
ningún centro de validación. Adicionalmente, se cerraron los centros de
validación a las 4:00 pm, aun cuando permanecían ciudadanos en cola para
validar su manifestación de voluntad, con lo cual se les negó el
ejercicio efectivo de sus derechos políticos consagrados en la
Constitución vigente. Tales prácticas son violatorias del derecho a la
igualdad que tienen todos los votantes, al tiempo que también se violó
el principio de acceso y cercanía del centro de votación al elector,
derechos y principios establecidos en los artículos 3 y 106 de la Ley
Orgánica de Procesos Electorales, aplicables analógicamente a este caso.
El Consejo Nacional Electoral ha
evidenciado un comportamiento contrario a lo establecido en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al impedir el
pleno ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos. En este
sentido, exigimos al Consejo Nacional Electoral ajustarse a los
principios de celeridad, transparencia y eficiencia en la administración
de éste y todos los procesos electorales subsiguientes.
En tercer lugar, queremos llamar la
atención sobre las siguientes fases del proceso. Por un lado, conminamos
al CNE a cumplir con lo establecido en sus propias Normas para Regular
el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de
Mandatos de Cargos de Elección Popular en lo relativo a la auditoría y
revisión biométrica, entregando el resultado de la misma dentro del
plazo establecido por dichas normas.
Por otro lado, en lo relativo a la
recolección del 20% de manifestaciones de voluntad, cabe recordar que
este porcentaje corresponde a la circunscripción nacional, pues es la
que la Constitución establece para a la elección del Presidente de la
República; por lo que cualquier intento de distribuir dicho porcentaje
proporcionalmente según entidades federales es arbitrario, sesgado,
contrario y violatorio de la Constitución. También es importante señalar
que, para la recolección de dicho 20%, tienen derecho a participar
todos los ciudadanos inscritos en el registro electoral; motivo por el
cual para la recolección de las manifestaciones de voluntad para la
petición de referéndum revocatorio del mandato del Presidente de la
República el CNE debe generar las condiciones para garantizar el
ejercicio irrestricto de tal derecho habilitando todos los centros y
mesas de votación, incluyendo las embajadas y oficinas consulares. Ello
con el fin de que todos los ciudadanos tengan la misma oportunidad de
manifestar su voluntad mediante un proceso eficiente y que goce de la
celeridad de la que sabemos que el CNE es capaz por procesos anteriores.
Nuevamente demandamos al Consejo Nacional
Electoral que haga pública la convocatoria y el cronograma de las
elecciones regionales, ya en mora considerando que las mismas deben
celebrarse antes del 16 de diciembre de 2016, día en el cual se vencen
los mandatos constitucionales de los gobernadores y miembros de los
Consejos Legislativos electos el 16 de diciembre de 2012.
Finalmente, insistimos en que las fuerzas
políticas presentes en la Asamblea Nacional retomen con carácter
urgente el trabajo ya iniciado por la Comisión de Política Interior hace
varios meses para avanzar en la aprobación de una reforma electoral
orientada a garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos de
todos ciudadanos, mediante el restablecimiento de la legalidad,
integridad y equidad de los procesos electorales a fin de recuperar la
confianza de los electores sobre los procesos comiciales y sus
resultados, y limite en su justa medida la excesiva discrecionalidad del
Consejo Nacional Electoral en la conducción de los procesos
electorales.
Caracas, 29 de junio de 2016
Centro de Estudios Políticos, Universidad Católica Andrés Bello.
Ciudadanía Activa.
Control Ciudadano
Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia.
Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres.
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