Educación Jurídica de la población « ONG sin fines lucrativos para la instrucción jurídica a la población:
"Educación Jurídica de la población
27 junio, 2011 por ajudicuba
Wilfredo Vallín Almeida
En el último párrafo de la Carta de Presentación de la Asociación Jurídica Cubana, puede leerse:
Nuestra labor se orientará entonces a:
1) Coadyuvar a la educación jurídica de toda la población del país…
En carta abierta remitida a la Ministra de Justicia y entregada en el propio ministerio con fecha 3 de marzo de 2009, aparecen los objetivos de nuestra Asociación. Dicha funcionaria nunca dio respuesta.
Muchos meses después, y luego de una ardua gestión ante los tribunales Provincial y Supremo, éste último reconoció nuestro derecho a asociarnos libremente aunque rechazara nuestra casación “por un mal procedimiento de parte nuestra”.
Enmendado dicho “mal procedimiento”, finalmente el Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia reconoce en certificado de fecha 3 de junio de 2011:
“Que vistos los antecedentes obrantes en esta Dirección a mi cargo, no aparece inscripta asociación alguna con la denominación de “Asociación Jurídica Cubana”.
Sin embargo, en los párrafos que siguen, el Registro de Asociaciones pretende demostrar que las actividades que realiza la AJC y que titula este trabajo pudieran duplicar actividades que desenvuelven la Unión Nacional de Juristas o la Organización Nacional de Bufetes Colectivos.
Para concluir que: “las asociaciones constituidas al amparo de la Ley No. 54, Ley de Asociaciones, no sustituyen las atribuciones y funciones estatales recogidas en la Constitución de la República”.
Toda vez que la Asociación Jurídica Cubana continuará abogando hasta sus últimas consecuencias por el ejercicio libre de la abogacía en Cuba y la independencia total y absoluta del poder judicial de la nación, debemos dejar sentados los siguientes aspectos:
a) Desde la creación de la AJC, ésta comenzó a brindar de forma gratuita cursos breves de derecho constitucional, penal y procesal penal (muy sencillos y asequibles) a ciudadanos que lo solicitaron.
b) Esos cursos gozaron desde el primer momento de gran interés y los asistentes se incrementaron rápidamente con el transcurso de los días.
c) Ningún incidente de ninguna naturaleza se reportó durante los mismos.
d) A pesar de lo anterior, al tercer o cuarto día, se presentaban inexorablemente agentes de la Seguridad del Estado comunicándome que tales cursos no continuarían sin presentar ninguna justificación legal para su actuación.
e) Ante esa situación, escribí una carta abierta a la Licenciada María Esther Reus (mencionada arriba) explicándole la situación y anexándole copia del contenido de esos cursos y pidiéndole protección legal ante un actuar arbitrario de la policía política.
f) Esa situación se repitió varias veces.
g) En una segunda oportunidad redacté otra carta abierta a la señora ministra (7 de abril de 2009).
h) Nunca recibí del Ministerio de Justicia ni de los funcionarios de la policía política notificación alguna en cuanto a estar duplicando funciones de organismos estatales, sino que, al enseñar a los ciudadanos sus derechos legales, yo estaba “dando armas a los enemigos de la Revolución” y esa era la razón por la que se me prohibía.
i) Hasta donde conozco, ni la Unión de Juristas de Cuba ni Bufetes Colectivos han dado cursos a miembros o agrupaciones de la sociedad civil cubana y mucho menos a ciudadanos que disienten de la política oficial.
j) Es improcedente argumentar que esas organizaciones (por más que se quiera decir otra cosa) asemejan en sus actuaciones -ni remotamente- este primer punto de la AJC.
Está claro para nosotros, qué se pretende con todo esto. Pero también hemos demostrado tener conocimiento de esas leyes suficientemente. Hasta ahora el record de violaciones está 0 a muchas.
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¿Del tirano? del tirano di todo,¡di más!;y clava con furia de mano esclava sobre su oprobio al tirano.¿Del error? Pues del error di el antro,di las veredas oscuras:di cuanto puedas del tirano y del error. José Martí
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