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"La sanción en estos casos tiene adecuaciones distintas a los delitos intencionales, pero se le está dando el mismo tratamiento que a aquellos"
La solución no es esa
Osvaldo Rodríguez Díaz
En los delitos por imprudencia, el autor prevé las consecuencias delictivas, pero espera evitarlas, o no las previó cuando debió hacerlo.
En ambos supuestos, el autor del delito por imprudencia no quiere el resultado constitutivo de delito, pues de lo contrario el evento sería intencional. De ahí que los accidentes del tránsito clasifiquen dentro de estos delitos culposos.
Los accidentes de tránsito en Cuba, son una de las principales causas de muerte, y en ello resultan determinantes múltiples causas que en su conjunto, constituyen el desencadenante fatal.
Las violaciones por parte de los conductores y de los peatones, el mal estado de las vías y el deficiente estado técnico del parque automotor son algunas de esas causas.
Tema aparte resulta la conducción en estado de embriaguez, la cual no tiene ninguna justificación y con la que todos coincidimos se debe ser riguroso.
Ahora bien, existe un alto número de conductores implicados en homicidios en ocasión de conducir vehículos por la vía pública, con un mayor o menor grado de responsabilidad y hasta con responsabilidades compartidas, esto es, que su falta por sí sola no determina el resultado del accidente, y no obstante, se encuentran en prisión provisional en espera del juicio.
Se debe ser casuístico: nadie quiere tener el accidente, pues hasta su propia vida se pone en riesgo.
Existen imprudencias graves y menos graves, por eso existe inconformidad con las medidas rigurosas y excesivas con dichos infractores.
La educación vial no es cosa de unos días, se debe implementar desde las primeras edades en la escuela; ser en extremo severo con los autores de estos hechos, no resuelve la situación.
Hay que distinguir el que se excede el límite de velocidad en lugares públicos y conduce ebrio, de otras infracciones. Considero que muchos casos pendientes por esta causa podrían estar en libertad en espera de su juicio y no en prisión desde el primer momento.
La sanción en estos casos tiene adecuaciones distintas a los delitos intencionales, pero se le está dando el mismo tratamiento que a aquellos.
Esa no es la solución al alto índice de accidentalidad
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