EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO
Reflexiones sobre varios Decretos y una Resolución
Lic. Dayana Cruz Vega
Al cabo de treinta y seis años, se promulgó el decreto ley que modifica la Ley 1312 de 1976, la llamada Ley Migratoria. Es así que el gobierno accede, por primera vez, a darle la libertad a los cubanos de poder viajar a cualquier país, pero con determinadas restricciones, sobre todo a los profesionales.
Nos preguntamos si es justo el hecho que por ser personal calificado y habernos dedicado a superarnos, paguemos por ello, –nosotros también tenemos familia que no podemos ver- y tengamos que permanecer lejos de ella, tan sólo por cometer el crimen de estudiar en este país.
Si analizamos el cuerpo de la supra norma, nos percatamos que ahora el gobierno se lava las manos pues hace la modificación legal migratoria en los momentos más difíciles en el entorno internacional, consciente de que serán los consulados extranjeros los que denegarán el visado al pueblo cubano.
Es del conocimiento internacional la situación que ha sufrido este pueblo durante cincuenta y cuatro años, donde nos han mantenido sin derecho alguno a decidir nuestro destino , por ello ya existe comunicación oficial de Estados que se han pronunciado en cuanto a no dar visas a los ciudadanos cubanos.
Hemos tratado de ser lo más prácticos posibles en lo que se refiere al análisis de la norma. Del cuerpo de la misma se deriva la intención del estado cubano de hacer creer a la opinión pública que ya no depende de él que los ciudadanos no podamos salir de Cuba, ni tener acceso a un intercambio con otras naciones.
Además de las restricciones a los profesionales (que son bastantes en cuanto a la autorización de salida), se hace hincapié en el Reglamento de la norma (Decreto 306), las categorías específicas que requieren un tratamiento especial.
En su artículo 1 inciso b) estipula que los graduados de educación superior están sujetos a un tratamiento especial para recibir la autorización de salida del país, ya sea como turista o por interés personal; asimismo plasma además, la regulación hecha por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social para el otorgamiento de tal derecho que como ciudadanos deberíamos tener, independientemente de la profesión que ejerzamos.
El Estado cubano continúa con su afán de retenernos injustamente en el país.
En la Resolución 343 de Finanzas y Precios se regula el nuevo impuesto sobre los documentos del trámite de solicitud del pasaporte, el que será de 100 cuc según proceda el caso.
La realidad en Cuba es que una vez que te superas y tratas de ser culto, el gobierno te asigna un salario insuficiente y un sinnúmero de restricciones, impidiendo que podamos desarrollar nuestro conocimiento a plenitud y que podamos tener intercambio con profesionales de otros países, sin acceso a Internet para conocer la realidad del mundo fuera del país.
Somos los únicos abogados del mundo tan mal remunerados y sin el derecho del ejercicio libre de la abogacía, la que debe ser puesta solo en función de servir a la ciudadanía en aras de una verdadera justicia.
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