Jueves, Noviembre 22, 2012 | Por CubaNet

MIAMI, Florida, 22 de noviembre de 2012, Redacción, www.cubanet.org.- Una queja contra los agentes de la Seguridad del Estado cubano -muchos de ellos vestidos de civil- que retuvieron impunemente, el miércoles 7 de noviembre pasado, a un grupo de ciudadanos cubanos que solicitaban información acerca de la jurista Yaremis Flores –anteriormente detenida en plena calle sin explicaciones sólidas- acaba de ser presentada formalmente a la Fiscalía Provincial de La Habana, amparada en la ley vigente que contempla la Constitución de la República de Cuba.
Los firmantes son los juristas Laritza Diversent Cambara, la propia Yaremis Flores, el esposo de ésta, también jurista, Veizant Boloy; la abogada Bárbara Estrabao Bichili y la artista plástica Ailer González Mena, compañera sentimental del director del proyecto socio-cultural alternativo Estado de Sats, quien está prisionero desde el citado día.
El texto, que esclarece con lujo de detalles los acontecimientos ocurridos el 7 de noviembre, se basa por una parte en el artículo 63 de la Constitución de la República, que reconoce que "todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley" y de su artículo 26 que reconoce que "toda persona que sufriere daño o perjuicio causado indebidamente por funcionarios o agentes del Estado con motivo del ejercicio de las funciones propias de su cargo, tiene derecho a reclamar y a obtener la correspondiente reparación o indemnización en la forma que establece la ley".
También, más allá de las fronteras psicológicas establecidas por el régimen de la isla –una frecuente costumbre de los ciudadanos de no demandar, por la inoperancia o vista gorda del Poder Legislativo, que en Cuba viene siendo el mismo que el Ejecutivo-, los abogados sacan a la luz derechos universales que con frecuencia el gobierno olvida:
"Constituye una violación de lo preceptuado en el artículo 9 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, firmada por el Estado Cubano en 1948 y citamos: "Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, ni preso, ni desterrado", y lo establecido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 9, apartado primero y citamos: "Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta". El Estado cubano, mediante autentificación, dejó clara su intención de obligarse por los tratados internacionales en materia de derechos humanos, específicamente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, firmado en Nueva York, el 28 de febrero de 2008, por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Felipe Pérez Roque", recuerdan los abogados independientes.
A día de hoy en que Cubanet publica este documento, el joven físico y deportista destacado Antonio Rodiles continúa en los calabozos, acusado de desacato a la autoridad, aun cuando, según testigos de su detención –la abogada Laritza Diversent, por ejemplo- Rodiles no se resistió.
Lea el texto íntegro aquí:
QUEJA CUBALEX
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