EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO
Libertad de conciencia
El artículo 55 de la Constitución de la República de Cuba establece que el Estado, que reconoce, respeta y garantiza la libertad de conciencia…….
No existe duda en cuanto a estos tres aspectos: RECONOCER, RESPETAR y GARANTIZAR por parte del Estado la Libertad de conciencia.
Lo que un día aprendí como Abogada se me está negando por la forma de actuar de los funcionarios del Gobierno Cubano. La conciencia implica tener conocimiento y si plantea la Ley Fundamental que tengo libertad de conciencia ¿por qué se me continúa hostigando?
- El 13 de Septiembre del año 2011, cuando fui entrevistada por agentes de Seguridad del Estado, se me amenazó con desmoralizarme ante el pueblo cubano, mi familia y en especial mis hijos por el solo hecho de pertenecer a la Asociación Jurídica Cubana y estar cumpliendo con los fines para lo cual fue creada.
- Desde el mes de Julio del presente año se me está molestando con el tema de las ELECCIONES MUNICIPALES, a lo que siempre he contestado no tener nada que alegar, aportar, señalar y muchos menos involucrarme en todo lo que tenga que ver con ese tema.
- Los distintos funcionarios que han asignado para tratar conmigo se han personado en mi casa y han interceptado a mi familia en la calle para hacerme llegar los motivos por los cuales debo estar involucrada en ese proceso eleccionario.
- Como CIUDADANA CUBANA CON LIBERTAD DE CONCIENCIA, pido se respeten mis derechos constitucionales, para poder actuar tal y como pienso, por no estar obligada por ley a involucrarme en las elecciones municipales en Cuba.
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