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viernes, 26 de octubre de 2012

7 Claves para que la Iglesia Católica acepte un milagro

7 Claves para que la Iglesia Católica acepte un milagro - Ciudad | Últimas Noticias

EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO

7 Claves para que la Iglesia Católica acepte un milagro
 
Aún se busca la curación sobrenatural que certifique la intercesión del Venerable


7 Claves para que la Iglesia Católica acepte un milagro

A propósito de conmemorarse este 26 de octubre los 148 años del nacimiento del Dr. José Gregorio Hernández, el Cardenal Jorge Urosa Savino recordó a la feligresía, en una carta pastoral , que aún se sigue buscando el milagro que llevará a la beatificación al Venerable; y enumeró los requisitos que deben ser considerados por la iglesia para elevar la petición en la Congregación para la Causa de los Santos en Roma:

1. Para que una curación sea admitida como verdadero milagro, es absolutamente necesario que sea instantánea y total.

2. No basta una curación lenta y progresiva, ni incompleta o parcial.

3. La curación debe ser inexplicable desde el punto de vista médico y contar con la certificación de los especialistas.


4. Es necesario que los allegados al enfermo hayan invocado expresamente la intercesión exclusiva del Venerable José Gregorio Hernández para obtener de Dios la gracia de la sanación.

5. La curación debe ser fruto de la oración comunitaria de una familia, vecinos, o de una comunidad religiosa, ya que para autenticar un milagro se requiere el testimonio de muchas personas.

6. Las pruebas del milagro deben ser entregadas a través de los párrocos de la iglesia de su comunidad; directamente a Monseñor Fernando castro, Obispo Auxiliar de Caracas y Vice Postulador de la Causa de Beatificación del Dr. José Gregorio Hernández; en la iglesia de La Candelaria o en el Palacio Arzobispal en Caracas. También por el correo electrónico causajosegregoriohernandez@gmail.com o a la dirección postal Arzobispado de Caracas, Apartado 954, Caracas 1010-A.

7. La exposición y pruebas del milagro deben mantener en absoluta discreción con la iglesia, por lo cual, no debe ser divulgado hasta que sea verificado por Roma.

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