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sábado, 7 de enero de 2012

Explicando Las Reglas Del Juego Aduanero Cubano. I

Explicando Las Reglas Del Juego Aduanero Cubano. La Introducción. « HUELLAS EN EL CAMINO

EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO

Explicando Las Reglas Del Juego Aduanero Cubano. La Introducción.

Agentes de aduana cubanos revisan equipaje de viajero

Debido al incremento en los últimos tiempos del número de cubanos emigrados que viajan a Cuba, y con la perspectiva de que esa cifra aumente de forma significativa si se implementan las reformas migratorias; además, previendo que cubanos residentes en la isla puedan entrar y salir con menos trabas, considero que es importante conocer y comprender las reglas del juego aduanero cubano para que el paso por ese campo de obstáculos de los aeropuertos isleños sea lo menos traumático posible.

El día 20 de diciembre de 2011 en la Gaceta Oficial de la República de Cuba fueron publicados dos resoluciones del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros (la 320 y 321 de 2011), que comenzarían a tener vigencia a partir del día 30 de diciembre, y que estipulan dos asuntos relacionados con procesos aduanales cubanos.

La 320 fija la cantidad de un producto que se puede importar a Cuba, como parte del equipaje del viajero o en un envío, sin que se considere que se va a usar para fines comerciales .La 321 establece un listado de valoración en precios de los artículos traídos por los viajeros, o enviados si fuera el caso, para su valoración en Aduana con el fin de hacer los pagos de derechos aduanales, pues en caso que no se acepte la Declaración de Aduana o no se presenten facturas de compra, se toma ese listado como referencia.

A raíz de esto he leído muchas opiniones expresando sus dudas o poniendo el grito en el cielo,como si estas leyes fueran algo novedoso. En realidad hay dos grupos que son los más afectados con estas medidas: las llamadas «mulas» ,que son quienes se dedican a viajar a Cuba llevando encomiendas dirigidas a terceras personas, por encargo de las agencias de envíos que los «contratan» o por su cuenta. La verdad es que esa actividad ha estado siempre prohibida, según las regulaciones expuestas en el sitio web de la aduana de Cuba. Sin embargo,debemos anotar que esta actividad es hija natural de la necesidad,tanto de los emigrados cubanos (y no pocos solidarios amigos extranjeros) de ayudar a suplir las carencias económicas de familiares y allegados, como de la imposibilidad de los primeros de contar con mecanismos que faciliten hacer llegar, o inclusive llevar personalmente, tales ayudas, dado los altos precios que se deben pagar por los derechos aduanales cubanos y sus excesivas regulaciones y arbitrariedades, como por el gran costo de un viaje a la isla,desde el pasaporte,billete aéreo y demás servicios relacionados.Allí donde hay un cubano dispuesto a ayudar a como fuere a su familia hay una mula dispuesta a llevar tal preciada carga, y cobrar por ello, por supuesto.

También afecta a quienes (y que a su vez eran usuarios de las «mulas») pretendían surtir a los cuentapropistas que están surgiendo por toda la isla. Dada las dificultades para conseguir en Cuba las materias primas necesarias o los productos para realizar tales actividades lo natural es que sus familiares y allegados en el exterior les suplan con ellas, al igual que en muchos casos les sirvieron de financistas para iniciar la actividad privada. Ahora existen límites definidos en la importación de artículos con carácter no comercial que pueden ser traídos por los viajeros o enviados por carga postal. Además también se considera carácter comercial si una misma persona trae o envía el mismo producto con mucha frecuencia. Por demás, solo empresas autorizadas pueden efectuar importaciones comerciales.

Aparte de que en mi opinión personal, y la de otros, se deben implementar mecanismos que faciliten la importación más allá del cuello de botella de listados y de una valoración excesiva del precio de cada kilogramo ,estas resoluciones son -en el papel- un paso de avance para el común de los viajeros con respecto a la situación anterior. Les explico por qué:

Antes de la publicación de la resolución 320-11 quien tenía la potestad de decidir cuanto de lo que traía un viajero,o enviaba, era de carácter comercial era el agente de aduanas que despachaba cada caso.O sea,estaba sujeto a su arbitrio, y en ocasiones a su conveniencia, según han contado los afectados. Esto traía consigo muchos decomisos, y el malestar de los viajeros, sobre todo de esos que solo pretendían ayudar a sus familiares y amigos, siempre numerosos para cualquier cubano promedio. Decomisos arbitrarios, y la no existencia de un listado definido, lo cual abría un hueco para posibles trapicheos, le ha creado a los despiertos aduaneros cubanos una mala fama difícil de superar por los suspicaces y avisados viajeros.

Pues ahora existe un listado, y ya usted puede saber antes de empacar cuanta cantidad de cada artículo puede llevar sin que ningún agente de aduana haga su agosto con lo que de seguro tanto sacrificio y dinero le ha costado conseguir.

El listado de valoración (Res. 321-11) ya existía de antemano.De hecho este nuevo es un paso positivo teniendo en cuenta que muchos artículos han bajado en su valor de apreciación aduanera, inclusive hasta un 50 %. Del resto muy pocos han subido su valor y los demás se han mantenido igual.

En la próxima entrada de este blog estaré abordando con más detalles sobre estas resoluciones y demás regulaciones de la Aduana de Cuba

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